La Secretaría de Salud actualizó los lineamientos para el manejo general y masivo de cadáveres por COVID-19 en México, entre los que establece que en caso de un fallecimiento, los familiares más cercanos podrán ver el cuerpo, pero deberán usar equipo de protección, además de inhumación masiva de cuerpos debido a la posible falta de espacios para el resguardo de los cuerpos.
“Para cadáveres plenamente identificados, antes de realizar su traslado a la morgue de la unidad hospitalaria, puede permitirse el acceso solo a dos familiares o amigos más próximos y cercanos, quienes deberán utilizar precauciones de contacto y gotas, supervisada por personal de salud; se les otorgará los equipos de protección personal necesario y se dará la recomendación de no establecer contacto físico con el cadáver ni con las superficies u otros fómites de su entorno que pudiera estar contaminados”.
Además, se indica que aquellos hospitales que atienden a pacientes con el nuevo coronavirus deberán designar a un profesional de la salud para que informe de manera constante a los familiares sobre el estado de salud de su ser querido.“En la situación de emergencia sanitaria por Covid-19 la potencial restricción de acceso a hospitales y acompañamiento de los familiares con el paciente grave que fallece, puede incrementar la pena por falta de cierre del proceso de duelo. Es por ello que la institución deberá de designar a un integrante del equipo de salud para que mantenga la comunicación permanente con la familia”.
La SSa también llama a las autoridades estatales y municipales a identificar las condiciones económicas por la que pasan las familias y en caso de ser posible brindar apoyo a fin de evitar el abandono de cuerpos. “Considerar que algunas familias pudiesen no contar con los recursos para los servicios funerarios, por lo que será necesario considerar apoyos sociales para evitar el abandono del cuerpo”.
Además, se señala que el cuerpo no se podrá velar, no se debe abrir el ataúd y deberá enterrarse lo más pronto posible, mientras que los deudos que estuvieron en contacto con el afectado deberán mantenerse en distanciamiento social por 14 días.
En el documento se destaca la prohibición de incinerar a los cuerpos no identificados o identificados no reclamados de personas fallecidas por sospecha o confirmación de SARS-CoV-2. “En caso de cadáveres no identificados o identificados, pero no reclamados, se requerirá una fosa individual para Covid-19 y no podrán utilizarse las fosas previamente existentes”.
En cuanto al manejo masivo, se enfatiza que dado que se vive una epidemia, y se prevé que el número de personas fallecidas crezca de manera exponencial, se deberá evitar la potencial saturación de los sistemas de manejo de cadáveres a través de estrategias de gestión administrativa para acelerar la emisión del certificado de defunción y envío del cuerpo a su destino final.
“Ante mayores incrementos en las defunciones, que pudieran rebasar las capacidades actuales de manejo de cadáveres y servicios funerarios, se debe realizar la preparación para un incremento súbito de muertes por Covid-19, ya que es posible que no se cuente con espacios suficientes. Ante la presencia de este riesgo, se deben realizar las gestiones correspondientes”.
El documento señala que otro factor a considerar es agilizar trámites administrativos y autorizaciones de cremación o inhumación acotadas a los horarios rutinarios, que podría retrasar la disposición final de los cuerpos.
Establece que las autoridades federales, estatales y municipales deberán presentar las disposiciones generales para instalar, organizar y operar un Centro Temporal para el resguardo de cadáveres o la ampliación de fosas para inhumación en panteones, ante el posible incremento súbito de muertes por el nuevo coronavirus.
Los lineamientos destacan que en el manejo masivo de cadáveres debe prevalecer el respeto, dignidad y consideración con apego a los derechos humanos de sus deudos. “Se garantizará siempre la identificación plena del fallecido y la ubicación de los restos”.
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